PATRIMONIO LÍQUIDO MÍNIMO
Patrimonio Bruto de la Persona Jurídica – Pasivos = Patrimonio líquido mínimo
Para estos efectos, no se tendrán en cuenta los activos que:
· No estén vinculados a la actividad de agenciamiento aduanero (muebles y enseres).
· Obras de arte.
· Intangibles.
· Casa o apartamento (vivienda o habitación).
· Inmuebles rurales.
· Vehículos.
NOTA: Los valores del patrimonio líquido mínimo son reajustados anual y acumulativamente en forma automática a 31 de Diciembre cada año.
Las Agencias de aduanas deberán mantener actualizado su patrimonio líquido mínimo, mientras se encuentre vigente su autorización.
Si la Agencia reduce su patrimonio líquido mínimo en un monto superior al 20% se cancelará la autorización, siguiendo el procedimiento de subsanación dentro de los 2 meses siguientes al hecho, sin perjuicio de la multa que equivale al 1% del valor FOB de las operaciones realizadas durante el periodo de incumplimiento.